A los Gerentes, Administradores o Jerarcas de una empresa, en múltiples situaciones el ordenamiento jurídico les exige actuar a fin de evitar un resultado lesivo hacia terceros, debido a que ostentan un deber de control y vigilancia de fuentes generadoras de riesgo dentro del desarrollo de su actividad empresarial. Esto se conoce como “posición de garante”.
Veamos, este ejemplo: Ricardo es el Gerente General de una importante empresa en el ramo de la agroindustria. Como parte del giro normal de la empresa, se utilizan productos agroquímicos que requieren de manipulación muy especializada para evitar la contaminación de los operarios de la empresa, así como los mantos acuíferos y quebradas circundantes al área de producción. Esta circunstancia es bien conocida por Ricardo, a pesar de ello, omitió girar las instrucciones adecuadas para garantizar que se implementaran los protocolos y medidas de seguridad adecuados. Ello generó que los agroquímicos fueran aplicados por personal poco calificado, y más grave aún, no se tuvo el cuidado de verificar la manera en que se dispuso de los residuos generados por tales productos. Como consecuencia de la incorrecta aplicación de los agroquímicos, se produjo una severa contaminación de dos quebradas que circundan los terrenos de la empresa, generando la muerte de miles de peces y otras especies de animales que se mantienen habituales en el entorno. Entonces corresponde plantearnos ¿Ricardo tendría responsabilidad penal por la generación de daños ambientales derivados de las actuaciones de sus subalternos?
Sin duda alguna, Ricardo podría afrontar responsabilidad penal por la conducta lesiva realizada por sus subalternos, derivada de su comportamiento omisivo en tanto ha faltado al deber de controlar la correcta operación de una fuente generadora de riesgo. La posición de garante puede ser generada por la ley o bien de manera contractual, y a partir de ello podrían derivarse consecuencias penales para quien omita cumplir con su deber legal. Así expresamente lo regula el artículo 18 de nuestro Código Penal, en cuanto funda la responsabilidad penal por omisión de quien está jurídicamente obligado a evitar un resultado lesivo y omite hacerlo. En ese caso, se atribuye la omisión a don Ricardo, pero la posición de garante podría estar constituida sobre distintos personeros o jerarcas, según la situación concreta lo amerite.
En una compañía, sus personeros responsables tienen siempre el deber de evitar un incremento del riesgo permitido para la actividad específica (distinto en cada ámbito y negocio) en el despliegue de su actividad económica. Cabe aclarar sí, que en una empresa la posición de garante se puede redistribuir en la estructura de la organización. Tal es el caso de los socios que detentan la propiedad de la empresa, pero no son parte de la Junta Directiva como órgano destinado a tomar las decisiones ejecutivas. Por su parte, los miembros de Junta Directiva delegan responsabilidad en sus gerentes, administradores y demás altos funcionarios.
Al respecto, la jurisprudencia nacional emitida por la Sala Tercera de la Corte ha sido clara en afirmar que es posible para los representantes legales, personeros o miembros de la Junta Directiva de una empresa, delegar las funciones en otras personas para que éstas asuman sus responsabilidades, pero ello es admisible sólo “…tratándose de empresas complejas, con un gran volumen de trabajo, siempre que quien delegue las funciones gire adecuadas instrucciones a sus subalternos para que éstos no realicen hechos lesivos; que eviten cualquier irregularidad de la que puedan percatarse; que seleccionen a personas idóneas para desempeñar las funciones delegadas; que los supervisen y suministren a éstos los medios necesarios para cumplir con sus obligaciones; y, fundamentalmente, que la repartición de funciones responda a exigencias propias, concretas y constantes de la empresa…”.
Lo anterior deberá valorarse en cada empresa de acuerdo al ámbito de la actividad económica empresarial, el desempeño de dicha actividad y la forma de organización y delegación de funciones en cada empresa o sociedad.